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Triunfo de Comunidades contra Hidroeléctrica Llancalil en Pucón


«Proyecto debió ingresar al sistema con un Estudio de Impacto Ambiental y no con una Declaración de Impacto Ambiental, la que en los hechos es más simple y menos detallada».


Según informa el diario Lavozdepucon.cl, la dirección ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental ordenó retrotraer a una etapa previa el proceso que otorgó una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable al proyecto de la central hidroeléctrica de Llancalil, en el sector de Huife, en la zona cordillerana de Pucón, Región de la Araucanía.


La iniciativa tiene proyectado generar 6,9 megawatts de energía interviniendo dos ríos (Llancalil y Liucura), para construir allí tuberías de aducción que encaucen 5 mil metros de zonas termales ubicadas a orilla del río Liucura; de igual forma que contempla remover 340.000 metros cúbicos de tierra ; 38.000 m3 de suelo vegetal y 21,43 hectáreas de bosque nativo (roble, raulí, y coigüe).


Según el diario «la resolución otorga un triunfo a las comunidades, movimientos sociales y autoridades locales que se opusieron a la aprobación otorgada por el comité de secretarios regionales ministeriales de La Araucanía quienes, pese al rechazo que la central generaba en la comunidad y la industria turística local, igual dieron su visto bueno para que la obra llegara a puerto».


Es en ese contexto que el documento, que en los hechos invalida o anula la RCA favorable al proyecto, acoge parcialmente 12 de las 14 reclamaciones de las personas naturales y jurídicas que se presentaron en contra de la resolución de calificación que validó el proyecto en julio de 2019. Y por lo mismo ordena retrotraer el proceso a una etapa previa.


“Retrotraer el proceso de evaluación ambiental a la etapa inmediatamente posterior a la dictación en el expediente ambiental del Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones Complementario, con el objeto de abordar adecuada y exclusivamente los componentes ambientales, fauna, medio humano y turismo, además de acreditar el cumplimiento de la normativa pertinente en materia de ruido y vibraciones”, se lee en el párrafo clave que sustenta la resolución. En resumen la resolución apunta a una serie de elementos que no se tomaron en cuenta en la evaluación como los ruidos, la afectación de la fauna y a las personas y su desarrollo humano y económico.


Luis Hernán Ibarra Millaqueo, presidente de la comunidad indígena Millaqueo Millahual, mostró su satisfacción con la resolución a la que calificó como “inédita”. “Es algo inédito que se haya dado esta circunstancia en este proyecto, pero tampoco es sorprendente porque si se hace un estudio acabado al proyecto era lógico que las observaciones estaban concretas y firmes en decir que el proyecto tenía todas esas falencias”, explicó el dirigente, quien agregó: “Para nosotros no es novedad que tuviera esas falencias porque las teníamos observadas y por eso las observaciones eran tan contundentes”.


La compañía tiene un plazo de 30 días para reclamar la resolución en el Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia.


Información: La Voz de Pucón

Extraído: Radio del Mar


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