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Comunidades recurren a Tribunal Ambiental por conflicto piscicultura salmonera en Villarrica


La empresa Sociedad Comercial Agrícola y Forestal Nalcahue Ltda., tuvo la aprobación del gobierno para ampliar las instalaciones de una piscicultura salmonera en el sector Chesque Alto, comuna de Villarrica, el que ha mantenido una activa oposición de comunidades Mapuche del territorio. Luego de la aprobación del Gobierno Regional de la Araucanía, las comunidades presentaron una reclamación ante el Comité de Ministros con competencia en materia ambiental, sin embargo, los ministros sólo recogieron parcialmente sus reclamaciones en contra de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Mejoramiento Ambiental de Piscicultura Chesque Alto” y según notificación dada a conocer el 24 de marzo de este 2020, “se replica en definitiva, los vicios derivados de la no consideración de las observaciones ciudadanas realizadas al mismo”, señalan las comunidades. Cabe señalar que el objetivo de este proyecto es el “cultivo de salmónidos en las etapas de incubación, crecimiento y mantención de reproductores, en flujo abierto, para producir ovas, alevines y smolt, con una producción máxima de 140,1 toneladas anuales (incluidos los egresos y remanente de biomasa, y descontado el ingreso en el mismo periodo)”. Frente a esto, las comunidades Mapuche José Caripang, Gregorio Alcapan, Juan Cayulef, y diversas familias del territorio de Chesque, comuna de Villarrica, de acuerdo al artículo 17, N.º 6 de la Ley 20.600, decidieron presentar un recurso de reclamación contra el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) ante el Tercer Tribunal Ambienta de Chile, con sede en Valdivia. Las comunidades señalan: “Con el proyecto estamos frente a un caso particular de afectación del pueblo Mapuche, el que fue totalmente ignorado en el proceso de evaluación ambiental tanto por el titular, como por el SEA. El proyecto, que realiza una actividad reconocidamente contaminante para los ecosistemas y que ha actuado al margen de la institucionalidad ambiental desde data desconocida, ha significado y sigue significando una merma a la cultura y sistemas de vida de las comunidades mapuche de la zona. El titular y la institucionalidad ambiental han ignorado estos factores particulares del medio humano, aplicando criterios que, en contravención a los compromisos internacionales en materia de protección de los pueblos indígenas y su cultura, no dialogan con la cosmovisión mapuche en general, ni con las creencias del territorio en particular”.


Impactos no considerados Dentro de procedimiento de evaluación los observantes de participación ciudadana plantearon numerosas interrogantes relacionadas con la contaminación de las aguas por la piscicultura y la afectación de la salud de la población y sus animales. Sin embargo, la Resolución de calificación ambiental no se hizo cargo debidamente de las observaciones, basándose puramente en las afirmaciones del titular para descartar el impacto. Por esta razón, se reclamó administrativamente. Los habitantes que se ven afectados por el proyecto “Mejoramiento Ambiental Piscicultura Chesque Alto” manifestaron también numerosas afectaciones al sistema de vida y patrimonio cultural en el territorio a causa del proyecto, indicadas durante el procedimiento de participación ciudadana, sin embargo, sus observaciones tampoco fueron debidamente consideradas por el titular ni luego el Servicio de Evaluación Ambiental, identificándose sitios ceremoniales relacionados con prácticas ancestrales que de una u otra forma se vería afectadas, vinculadas al Río Chesque; El Estero Nalcahue, El Trawunko (espacio sagrado, constituye un lugar de reunión y de establecimiento de vínculos entre las comunidades y de transmisión de tradiciones); El Menoko; El Paliwe; Y, los Eltuwe (cementerios). Otro de los problemas de afectación denunciados por las comunidades, es que no se ha tomado en serio la obligación de respetar los derechos de los pueblos originarios y a ello se suma no considerar que sus actividades económicas y de subsistencia dependen de mantener la biodiversidad y ecosistema del lugar, relacionadas con las áreas protegidas y la posibilidad de realizar actividades de etnoturismo. “Resulta curioso que después de solo una reunión con las comunidades indígenas, en la que estas manifiestan la existencia de malos olores de la piscicultura, las deficiencias del informe antropológicos, la errónea determinación del área de influencia, la exclusión de comunidades indígenas de la misma y la preocupación por la afectación de sus sistemas de vida, el SEA considere que no existe susceptibilidad de afectación”.


Fuente: OLCA


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